¡Los hombres trans podrían presentar el servicio militar de manera voluntaria!

La población trans se ha convertido en una abanderada de los derechos de la comunidad LGTBQI+ por eso propongo que su incorporación a prestar el servicio militar sea regulado.

¿Cuál es su objetivo?

Tiene como objetivo modificar la Ley 1861 de 2017, que es la norma que reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización en Colombia.

La iniciativa legislativa persigue principalmente regular la situación militar de hombres transgénero; y modificar el término “los valores colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino”, por mujeres transgénero; debido a que es este el vocablo adecuado para referirnos a esta población.

¿En qué consiste la regulación que se integra en el proyecto de ley respecto a los hombres transgénero?

Debido a que la norma no contempla que los hombres transgénero puedan prestar el servicio militar voluntario, se regula realizando las siguientes estipulaciones: 

  1. Permitir que los hombres trans, puedan prestar el servicio militar de manera voluntaria.
  1. Que, de decidir y encontrarse aptos para la prestación del servicio militar, cuenten con las garantías y protección de sus derechos fundamentales, especialmente sus derechos a la igualdad y no discriminación.
  1. Por lo tanto, el proyecto de ley incluye la obligación del Ministerio de Defensa Nacional para que sea este quien reglamente la norma, implementado los protocolos y/o medidas con miras a que se respeten los derechos de esta población cuando ingresen al servicio militar voluntario.

¿Quiénes serán los beneficiarios?

Toda la población trans de Colombia será beneficiaria, en el país se estima que el 0.05 % de la población se identifica como transgénero, lo cual equivale a 10.000 personas.

¿Por qué modificar el término “los varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino”, por mujer transgénero es relevante?

El artículo 12, literal k) de la Ley 1861 de 2017 señala que estarán eximidos de la prestación del servicio militar obligatorio aquellos varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino, cuando en su lugar debe referirse a mujeres transgénero.

Sin duda, la resistencia a utilizar las palabras “mujer transgénero” en la Ley es discriminatorio, pues a lo largo del literal k) siempre se refieren a las mujeres trans, como varones y sexo masculino, cuando sabemos que se hombre o mujer transgénero; la Ley no puede ser medio para propiciar escenarios de negación y discriminación.

¿Cuál es la importancia de este proyecto de Ley?

El Congreso de la República debe propender por trabajar en la reducción de las brechas de desigualdad y discriminación contra la población transgénero. Máxime cuando la Ley tiene omisiones importantes que inciden negativamente en quienes se identifican como trans.

Para el año 2020, se estima que 32 personas fueron asesinadas por el hecho de ser transgénero, esto es un llamado a la reflexión y a la inclusión, no es posible invisibilizar los derechos y las necesidades legales que subsisten en las normas.

Este proyecto de ley permitirá que las personas trans puedan ser libres en la elección sobre prestar o no el servicio militar, siempre que se haya garantías sobre su integridad y derechos fundamentales en los espacios en donde los desarrolle.

Asimismo, esta iniciativa legislativa es importante porque permitirá abordar con mayor facilidad su inclusión laboral, pues frente al derrumbamiento de barreras, esta población podrán agilizar sus trámites legales respecto de la situación militar; lo que les permitirá acceder al mundo laboral.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE REGULA EL SERVICIO MILITAR PARA HOMBRES TRANS

En el Congreso buscarán regular la prestación del servicio militar para la población trans

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